Do casi dieciocho meses, el reglamento europeo sobre sostenibilidad en el sector de los servicios financieros (Reglamento de Divulgación de Finanzas Sostenibles, SFDR) entró en vigor, introduciendo nuevas obligaciones de transparencia e información.
Si bien las primeras declaraciones de los actores financieros deben comunicarse antes del 30 de junio, la Autoridad de Mercados Financieros (AMF) publicó el 10 de febrero una propuesta para cumplir con los requisitos ambientales de este reglamento.
La categoría más exigente
Exclusión de combustibles fósiles, alineación obligatoria de una parte de los fondos con la taxonomía verde, definición más precisa de inversión sostenible… Los actores de las finanzas de impacto social reunidos en el colectivo FAIR* están encantados de que nuestra autoridad reguladora se haya comprometido a combatir el lavado verde. Sin embargo, en esta propuesta, una dimensión esencial brilla por su ausencia: la social.
Durante varios meses, los actores del mercado financiero han estado tratando de hacer que sus fondos cumplan con las diferentes categorías de esta regulación y, para algunos, están buscando el Santo Grial de sección 9la categoría más exigente se refiere a productos que reclaman un objetivo de inversión sostenible para el 100% de sus activos.
Para aclarar los requisitos de este artículo 9, la Comisión Europea publicó en abril de 2022 un “ reglamento delegado determinar los cincuenta indicadores relativos a si se han tenido en cuenta o no los principales impactos negativos (PAI) en materia de sostenibilidad.
Tras esta aclaración, un gran número de gestores optaron por rebajar sus productos: los activos de los fondos europeos a los que se refiere este artículo 9 se redujeron en más de 175.000 millones de euros a finales del año pasado. Este episodio es testimonio de la confusión que el fortalecimiento de los requisitos de transparencia provoca en el sector financiero y fracasa entre los ahorradores.
Criterios poco precisos y vinculantes
Si bien estos indicadores tienen el mérito de brindar información y transparencia sobre los productos financieros, la AMF, como señala en su documento de posición, considera que los criterios ambientales mínimos actualmente no son lo suficientemente precisos y vinculantes. Si solo podemos saludar la intención de permitir que los inversores identifiquen fácilmente los productos más sostenibles, podemos lamentar que la AMF se base solo en los criterios objetivos existentes en el pilar ambiental únicamente.
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