“Francia no concede a las asociaciones una fuente de financiación que en la práctica es imprescindible”

Iun procedimiento de acción de grupo, dictado en Francia en 2014, muestra un historial decepcionante. Hasta la fecha, los consumidores aún no han obtenido ningún euro de compensación en los tribunales y solo se han dictado cuatro acciones por cada uno en promedio. La clave es una pérdida neta de poder adquisitivo para los millones de consumidores franceses que se enfrentan a diario a relaciones económicas cada vez más desiguales con las empresas, por no poder hacer valer sus derechos de manera efectiva.

Una propuesta de reforma discutida el miércoles 8 de marzo en laAsamblea Nacional, da varios pasos adelante para democratizar el uso de la acción de clase. Es parte de la transposición de un Directiva europea para promover el acceso a la justicia de los consumidores permitiéndoles ejercer efectivamente sus derechos en el contexto de acciones colectivas.

El objetivo es, en particular, hacer del consumidor un auxiliar en la regulación de la economía de mercado. Or, tout en encourageant la réforme nécessaire du régime actuel des actions, nous voulons pointer le maintien dans la proposition de réforme de deux verrous qui empêchent l’action de groupe en France d’atteindre cette finalité, si le nécessaire ne décide pas de les volar en pedazos.

Litigio largo y complejo

En nueve años, la acción del grupo no ha cumplido sus objetivos. Las asociaciones homologadas no han hecho un uso suficiente de esta herramienta, principalmente por falta de recursos: los presupuestos de las asociaciones de consumidores se han reducido un 40% entre 2010 y 2020. No tienen la capacidad financiera para afrontar estos largos, complejos y arriesgados disputas. . Si bien el proyecto de ley actual aumenta significativamente el número de asociaciones que pueden presentar acciones grupales, lo que es de agradecer, sin embargo, no ofrece soluciones de financiación satisfactorias.

En efecto, no proporciona a las asociaciones una fuente de financiación que en la práctica es indispensable: la financiación de litigios por parte de terceros. Este mecanismo permite un fondo para financiar litigios en efectivo a cambio de parte de los daños y perjuicios. Si el procedimiento falla, los consumidores no pagan ni un euro.

Lea también: Artículo reservado para nuestros suscriptores “Comprobaciones de identidad de facies”: una acción colectiva contra el Estado a cargo de seis asociaciones

La legalidad de este mecanismo está reconocida tanto por la legislación europea como por la práctica totalidad de los Estados miembros. Además, ha resultado imprescindible para posibilitar la financiación de acciones colectivas en Alemania, Países Bajos, Portugal o Reino Unido, por citar sólo algunos países. Al impedir que cualquier tercero tenga un “interés económico” en la demanda colectiva, la propuesta de reforma prohíbe este mecanismo, que sin embargo es fundamental en la práctica para la justa compensación de los consumidores.

Te queda el 55,05% de este artículo por leer. Lo siguiente es solo para suscriptores.

Por adatech